Primeras sanciones del SII

26 de junio de 2019
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Hacienda ya ha comenzado a sancionar a empresas por problemas con su declaración del IVA. El Suministro Inmediato de Información comienza a cobrarse sus primeras “victimas”, empresas que por la inconsistencia de los datos enviados, no han declarado el IVA en tiempo y forma a través del Suministro Inmediato de Información (SII).

Las sanciones llegan al 1% de la cifra de negocio de las empresas amonestadas, lo que se traduce en grandes cantidades de dinero. Las empresas sancionadas son tanto nacionales como empresas con su matriz en el extranjero pero con sede en nuestro país. Para estas últimas, la cifra de un 1% que se acoge bajo el régimen previsto por la no llevanza de los Libros Registro del IVA de facturación, suele ser muy cuantiosa.

Para las omisiones o inexactitudes en el IVA declarado el sistema puede sancionar hasta con el 1% de la cifra de anotación, hasta un máximo de 6.000 euros. Si el pago de una factura se retrasa puede suponer también el 0,5% de la factura hasta un máximo de 6000€ por trimestre, según estipula el artículo 200.3 de la LGT.

Las empresas amonestadas se han mostrado preocupadas con el cambio de situación. Al principio, y dada la dificultad del nuevo sistema, no se sancionaba a aquellas que mandaban los datos con errores o con retraso. Pero la situación ha cambiado drásticamente.

A las sanciones producidas por el SII se suman recargos en el IVA de hasta el 50% al comparar lo declarado en el SII con el Modelo 303. Y la cosa no termina aquí, pues se espera que dentro de poco se inicien las sanciones producidas por inconsistencia al no coincidir lo que declara una empresa y lo que declaran sus proveedores.

En esta línea viene trabajando la AEAT por tercer año consecutivo con establecimientos de venta al público y pequeñas empresas y su Plan de Visitas IVA. Las actuaciones de este Plan consisten en la comprobación de los datos de sociedades de pequeños y medianos empresarios que se cruzan con la media del sector para concluir, llegado el caso, advirtiéndoles de que sus datos de ingreso presentados no se corresponden con los datos estadísticos que tienen referentes a los ratios económicos y sectoriales de su actividad empresarial. El objetivo es señalar la lucha que libra Hacienda por hacer aflorar parte de la economía sumergida que se suele ocultar tras ingresos en metálico. La diferencia entre los ingresos declarados en efectivo y la competencia hace saltar el envío de las cartas que informan al destinatario que están declarando menos dinero en efectivo que su competencia. También se le muestran los ratios de los márgenes (bruto y neto) y los cobros en efectivo y de su tarjeta comparándolos con su sector. Todo esto les sitúa en el radar de la AEAT como autores de un posible fraude fiscal.  Como es de suponer este tipo de actuaciones ha causado un gran revuelo.

Con todas estas medidas el Fisco intenta tener un mayor control de todo el IVA declarado para luchar contra el fraude. Y lo hace a través de un seguimiento exhaustivo de los libros de registro del IVA que se envían a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Estos libros registro también han sufrido recientes modificaciones. Según indica la AEAT, ahora se pueden presentar únicamente tres formatos electrónicos para el libro de registro del IVA: CSV, XLS o formato SII. Los archivos deben ir en un fichero cuyo nombre estará formado con la concatenación de los siguientes campos:

  1. Ejercicio
  2. NIF
  3. Tipo del Libro Registro del IVA que contiene el fichero, mediante uno de los siguientes valores: E (Facturas Emitidas) R (Facturas Recibidas) o presentación conjunta ( C ).
  4. Nombre o Razón social.

Puedes descargar directamente el nuevo formato aquí.

En definitiva, lo que se busca con todas estas medidas es hacer florecer el IVA de todas las actividades y llevar un mayor control del mismo. Por un lado gracias al SII que afecta a la mediana y gran empresa y que ya supone más del 80% de la facturación que se genera en España, y por otro, con un mayor control y lucha contra el fraude en los pagos en metálico que se producen en las pequeñas empresas.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es el motivo principal de las nuevas sanciones del SII y a quiénes afectan?

Hacienda ha comenzado a sancionar a empresas por problemas con su declaración del IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII), debido a inconsistencias en los datos o no declarar en tiempo y forma. La situación ha cambiado drásticamente, ya que al principio no se sancionaba por errores o retrasos. Estas sanciones afectan tanto a empresas nacionales como a aquellas con matriz extranjera y sede en España.

¿Qué tipo de sanciones económicas pueden imponerse a las empresas por incumplimientos relacionados con el IVA y el SII?

Las sanciones por problemas con la declaración del IVA a través del SII pueden alcanzar el 1% de la cifra de negocio de la empresa. Para omisiones o inexactitudes, la sanción es de hasta el 1% de la cifra de anotación, con un máximo de 6.000 euros. Adicionalmente, retrasos en el pago o inconsistencias entre el SII y el Modelo 303 pueden generar el 0,5% de la factura (hasta 6.000€ por trimestre) y recargos de hasta el 50% respectivamente.

Aparte de las sanciones del SII, ¿qué otras estrategias utiliza la AEAT para combatir el fraude fiscal, especialmente en pequeños negocios?

La AEAT implementa el Plan de Visitas IVA, que consiste en comprobar los datos de pequeñas y medianas empresas, cruzándolos con la media del sector. Si los datos de ingreso no se corresponden, se les advierte que están declarando menos dinero en efectivo que su competencia y se les muestran ratios comparativos. El objetivo es hacer aflorar parte de la economía sumergida oculta tras ingresos en metálico.

¿Cuáles han sido las modificaciones recientes en la presentación de los libros de registro del IVA a la Agencia Tributaria?

Los libros de registro del IVA ahora solo se pueden presentar en tres formatos electrónicos: CSV, XLS o formato SII. Los archivos deben ir en un fichero cuyo nombre estará formado por la concatenación del ejercicio, NIF, el tipo de libro (E, R o C) y el nombre o razón social. Esto facilita un seguimiento exhaustivo de los libros y la lucha contra el fraude.

¿Cuál es el propósito general que Hacienda busca lograr con todas estas medidas de control y sanción relacionadas con el IVA?

El propósito general es tener un mayor control de todo el IVA declarado y luchar eficazmente contra el fraude fiscal. Se busca hacer aflorar el IVA de todas las actividades económicas, tanto en la mediana y gran empresa a través del SII, como en las pequeñas empresas controlando los pagos en metálico. Estas medidas pretenden un seguimiento exhaustivo de los libros de registro del IVA para combatir la economía sumergida.

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