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Ley 10/2010 prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. La Ley 10/2010 de 28 de abril regula la protección de la integridad del sistema financiero y de otros sectores de actividad económica mediante el establecimiento de obligaciones de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.


Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo. La Ley 10/2010 de 28 de abril regula la protección de la integridad del sistema financiero y de otros sectores de actividad económica mediante el establecimiento de obligaciones de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

¿Sabes que la Ley obliga a digitalizar y conservar tu documentación durante 10 años?

El artículo 25 de la Ley 10/2010 sobre Conservación de documentos, obliga a conservarSeplac durante un período mínimo de 10 años la documentación que se formalice de las operaciones financieras de los sujetos obligados (listados algunos de ellos en la siguiente pregunta):

  • Conservar en custodia copia de los documentos exigibles durante un período mínimo de 10 años desde la terminación de la relación de negocios o la ejecución de la operación.
  • Conservar en custodia, original o copia con fuerza probatoria de los documentos o registros que acrediten adecuadamente las operaciones, los intervinientes en las mismas y las relaciones de negocio durante un período mínimo de 10 años desde la ejecución de la operación o la terminación de la relación de negocios.
  • Mantener en custodia las copias digitalizadas de los documentos de identificación que comprueben la identidad de los intervinientes en operaciones mediante documentos fehacientes

 

Normadat Digitalización

¿Quién está obligado a cumplir la Ley 10/2010?

Entre otros:

  • Las entidades de crédito
  • Las entidades aseguradoras en el ramo de vida
  • Las empresas de servicios de inversión
  • Las entidades gestoras de fondos de pensiones
  • Las sociedades gestoras de entidades de capital riesgo
  • Los auditores de cuentas, contables externos o asesores fiscales
  • Los notarios y registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes inmuebles
  • Los abogados y procuradores cuando participen en operaciones financieras o inmobiliarias 

 

¿Qué pasa si incumples el artículo 25 de la Ley 10/2010?

El incumplimiento de la obligación de conservación de documentos en los términos de este artículo 25, constituye una infracción grave con sanciones mínimas obligatorias que van desde los 60001€ hasta la mayor de las siguientes cifras: el 1% del patrimonio del sujeto obligado, el tanto del contenido económico de la operación, más un 50%, o 150000€

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¿Quieres profundizar sobre esta ley?

Descárgate la Ley 10/2010 de 28 de abril para conocer todos los detalles acerca de las medidas que regulan la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

¿Eres una de las entidades obligada a cumplir esta ley? ¿Necesitas adaptarte al artículo 25 de la Ley 10/2010?

Normadat

Normadat es especialista en custodia y digitalización de documentos, por lo que si necesitas adaptarte a esta ley sin que te resulte incómodo o costoso, pídenoslo, te asesoraremos en las medidas más óptimas a adoptar para el cumplimiento del artículo 25 de la Ley 10/2010.

Externalizar los servicios de conservación y custodia de documentos y de digitalización tanto de próximos clientes como de los clientes existentes es la opción más eficiente para el cumplimiento del artículo 25 de la Ley 10/2010 de 28 de abril.